lunes, 8 de abril de 2013

REQUISITOS PARA CASARSE POR LA IGLESIA

REQUISITOS PARA CASARSE POR LA IGLESIA

Regalosmasclick te dicen cuales son:

Cuando deciden casarse, la mayoría de las parejas inician el largo y emocionante camino de preparar su boda por la Iglesia. Y es que, para muchos es el momento más importante de la unión, y por ello de ahí parten a elegir y separar el resto de los productos y servicios una vez tienen ya una fecha definida con la iglesia que más les guste para su ceremonia.

Así que aqui en, www.regalosmasclick.com te presentamos la lista de requisitos que deben cumplir ambos para contraer matrimonio religioso por la fe católica:

Acude a las oficinas para que la asistente te informe si la fecha que les gustaría casarse está disponible.
Ambos deber ser mayores de edad. Si son menores, los padres deben firmar obligatoriamente el certificado de emancipación, sin él, no se puede llevar a cabo la ceremonia.
Fe de bautismo de los contrayentes. Éste lo consigues en la Iglesia en donde se llevó a cabo este sacramento.
Si uno de los dos es extranjero, deberá presentar la partida de bautismo del país donde se llevó a cabo. Si el documento no aparece, el juramento de los afectados u otra prueba que te señalará el párroco, como el certificado de la Primera Comunión o de Confirmación, podrían ser suficientes para asegurar la pertenencia a la Iglesia.
 - Acta de Confirmación.
 - Acta de Primera Comunión.
- Acta de Nacimiento (recientes).
- Dos fotografías tamaño infantil.
- Comprobante de domicilio.
- Llenado del acta de información matrimonial con sus datos personales.
- Cumplir con el ciclo de pláticas prematrimoniales y presentar el certificado del mismo.
- Pagar la cuota.
- Llevar a cabo la presentación en la Iglesia.
- Solicitar carta de traslado (si la ceremonia se realizará en una iglesia diferente a la que les corresponde).
- Deben solicitar un permiso especial llamado Dispensa, en el caso de que: sean parientes directos (dispensa por consanguineidad); uno de los novios pertenece a una religión diferente (dispensa por religión mixta); o que uno de los dos no tenga culto (dispensa por paridad de culto).

Todos los trámites se realizan en la Iglesia que le corresponde a uno de los dos, que regularmente es una cercana a sus domicilios.


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